Resumen: El actor, que habitó temporalmente una casa móvil instalada un camping, por su relación con el titular del contrato que facultaba para el uso de la casa, formula demanda contra el camping en la que reclama una indemnización por una caída en las instalaciones, que atribuye al mal estado del suelo sobre el que estaba instalada la casa. La sentencia de primera instancia desestima la demanda al considerar que adolece de un defecto insubsanable, consistente en la indeterminación de la forma en que se produjo la caída, habiéndose limitado el actor a hacer referencia a un excesivo hueco en la parcela sobre la que estaba la casa, próximo a la entrada. La sentencia de apelación, que confirma la apelada, señala que la mera existencia de un hueco no constituye un riesgo, que el hueco estaba a la vista y no suponía ninguna barrera insalvable ni una fuente de peligro (no consta que hubiera caído nadie más), que probablemente la circunstancia que generaba más riesgo era el uso de chanclas por el actor y que en cualquier acto de la vida existe un riesgo a padecer un accidente y las personas deben asumir ese riesgo.